Así es el programa que permite conmutar multas por trabajos de limpieza

multas por labores de limpieza

El programa de Prestación Ambiental Sustitutoria (PAS) del Ayuntamiento de Madrid, institutionalizado en 2017, permite que los infractores en materia de limpieza y gestión de residuos (orinar en la calle, dejar restos de botellón, no recoger cacas de perro, etc.), conmuten sus multas por labores de limpieza, para poner en valor la importancia de mantener limpia la vía pública, así como el gran trabajo que supone la limpieza para los trabajadores municipales.

Esta iniciativa, que seguirá en marcha durante los próximos 3 años con un nuevo contrato al que se destina un presupuesto de 670.000 euros, ofrece una alternativa al pago de las sanciones gracias a la realización de actuaciones básicas de limpieza viaria (barrido manual con cepillo y escoba, vaciado de papeleras, retirada de pegatinas y carteles en mobiliario urbano y uso del carro de la limpieza, entre otras).

Las sanciones que pueden ser convalidadas son las que aparecen recogidas en la Ordenanza de Limpieza de los Espacios Públicos y de Gestión de Residuos del Ayuntamiento de Madrid y en la Ley 4/2016, de 22 de julio, de Protección de los Animales de Compañía de la Comunidad de Madrid, en lo relativo a las sanciones por no recoger las deposiciones sólidas de las mascotas.

  • Todas las infracciones tipificadas como leves en el artículo 86 de la OLEPGR: graffitis, abandono de residuos en espacios públicos, no reciclar correctamente, depositar residuos fuera de las papeleras (colillas, chicles, cáscaras de pipas, etc.).
  • Las infracciones tipificadas como graves en el artículo 87: cambio de aceite en la vía pública, realizar necesidades fisiológicas en la calle, abandonar muebles y electrodomésticos en lugares no habilitados o no recoger las deyecciones de las mascotas.

Para sumarse al programa, el infractor ha de solicitarlo expresamente una vez iniciado el procedimiento sancionador y en el periodo de 15 días de alegaciones, siempre que reconozca explícitamente su responsabilidad. Transcurrido dicho plazo, no podrá solicitarlo.

Casi un 70 %  de los participantes en este programa tienen entre 18 y 29 años; el 15 % es mayor de 40 años y el 16 % tiene entre 30 y 39 años. Más del 95 % reside en la Comunidad de Madrid, siendo 9 de cada 10 de nacionalidad española, mientras que el 10 % restante procede de 31 nacionalidades diferentes. Casi la mitad (44 %) tiene o cursa estudios universitarios. Solo un 4 % carece de estudios primarios y el resto cuenta con estudios secundarios y medios.

Tras finalizar los trabajos que sustituyen a la multa, los participantes responden a un cuestionario de satisfacción. El 96 % se muestra satisfecho con el programa en general y el 91 % valora de forma muy satisfactoria la existencia del protocolo. Dicen estar muy satisfechos (77 %) con la información inicial y entrevista previa, así como con la atención recibida por parte del equipo técnico, cuya profesionalidad destaca el 92 %.

El número de jornadas a realizar se calcula según la siguiente equivalencia:

  • 100 euros = 4 horas (1 jornada).
  • 200 euros = 8 horas (2 jornadas de 4 horas o 1 jornada de 8 horas).
  • 300 euros = 10 horas (en jornadas de 4 u 8 horas).
  • 400 euros = 12 horas (en jornadas de 4 u 8 horas).
  • 500 euros = 14 horas (en jornadas de 4 u 8 horas).
  • 600 euros = 16 horas (en jornadas de 4 u 8 horas).
  • 701 euros = 18 horas (en jornadas de 4 u 8 horas).
  • 751 euros = 20 horas (en jornadas de 4 u 8 horas).
  • A partir de 751 euros de forma progresiva.

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